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Ayudas compatibles con la pensión de viudedad

30/01/2023

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Ayudas compatibles con la pensión de viudedad

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Conocer las ayudas compatibles con la pensión de viudedad, te ayudará a saber cuál es el monto total que puedes recibir tras el fallecimiento de tu cónyuge, ya que existen una serie de prestaciones que pueden sumarse de manera legal a la pensión de viudedad.

¿A cuánto asciende la pensión de viudedad en España?

Antes de entrar de lleno en las ayudas compatibles con la pensión de viudedad en España, vamos a ver a cuánto asciende esta prestación en nuestro país, según el cuadro de pensiones mínimas publicado por la Seguridad Social en 2022: 

  • Si el viudo o viuda tiene cargas familiares: cobrará 11.688,60 euros al año.
  • Con más de 65 años o discapacidad superior al 65%: cobrará 10.103,80 euros anuales.
  • Entre 60 y 64 años: la prestación de viudedad asciende a 9.452,80 euros al año.
  • Viudos y viudas menores de 60 años: cobrarán 7.655,20 euros anuales.

Estás cuantías se dividen en 14 pagas anuales, que conformarán una paga mensual al mes durante los 12 meses del año y una “paga extra” en los meses de noviembre y junio, pues su objetivo es cubrir los gastos extra de la temporada estival y navideña. 

Importante: Cabe recordar que la pensión de viudedad únicamente la pueden percibir parejas casadas o inscritas en el registro de parejas de hecho

Ayudas compatibles con la pensión de viudedad

Si bien la Seguridad Social estipula que las pensiones públicas que pertenecen a un mismo régimen no se pueden compatibilizar, la pensión de viudedad supone la excepción a esta norma, pudiendo compatibilizarse con las siguientes ayudas: 

  • SOVI
  • Subsidios por desempleo
  • Jubilación contributiva 
  • Pensión por incapacidad permanente
  • Rentas por empleo

SOVI

Este régimen se aplica a todos los derechohabientes que no tengan derecho a la pensión actual ofrecida por el Sistema de la Seguridad Social, con la excepción de las pensiones de viudedad. La cuantía deberá ser inferior al doble de la pensión mínima de viudedad para 65 años o más, si se supera, simplemente se minora la cuantía SOVI a percibir. 

Subsidios por desempleo

Los subsidios por desempleo se consideran ayudas compatibles con la pensión de viudedad si se cumplen los requisitos necesarios, siendo el más importante que la pensión de viudedad no exceda el 75% del SMI vigente. Si la pensión de viudedad la supera por cobrar el complemento de mínimos, se podrá renunciar a él.

Jubilación contributiva

Ambas prestaciones pueden compatibilizarse siempre que no se exceda la cuantía de 2.707,49 euros mensuales. 

Pensión por incapacidad permanente

La cuantía de ambas pensiones podrá cobrarse de manera íntegra por el beneficiario, ya se trate de pensión por incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez.

Rentas por empleo

La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo, así como con la incapacidad temporal o subsidio de paternidad o maternidad.