Home > Artículos > ¿Cuántos días libres por fallecimiento y retribuidos de un familiar te corresponden?

¿Cuántos días libres por fallecimiento y retribuidos de un familiar te corresponden?

22/05/2023

Compartir en:

¿Cuántos días libres por fallecimiento y retribuidos de un familiar te corresponden?

¿Qué te vas a encontrar en este artículo? 👇

En el momento en que un ser querido fallece, una de las primeras preguntas que ronda nuestra mente es ¿Cuántos días me corresponde en el trabajo? 

Esta pregunta es perfectamente normal, ya que es muy humano querer dedicar unos días a despedirnos de esa persona que tanto ha significado para nosotros en vida, por ello, en la mayoría de casos es habitual contar con unos días de permiso retribuido en el trabajo, que además pueden ser ampliables según circunstancias. 

¿Cuántos días de permiso corresponden por fallecimiento?

Según el Estatuto de los Trabajadores, en la mayoría de trabajos se dan dos días libres por fallecimiento, empezando a contar desde el mismo día del fallecimiento, por lo que es muy importante informar a la empresa cuanto antes para que pueda contar los días con exactitud. 

Asimismo, cuando el fallecimiento requiere un traslado fuera de nuestra Comunidad Autónoma, se aumenta un día más, obteniendo así tres días de permiso de trabajo por fallecimiento. 

Por otro lado, cabe destacar que la ley solo contempla 2 días libres por fallecimiento de parientes de hasta segundo grado, ya sea de consanguinidad (familia directa) o afinidad (familia política).

¿Cuáles son los parientes de primer y segundo grado?

  • Padres.
  • Hijos.
  • Cónyuges.
  • Suegros.
  • Hermanos.
  • Abuelos.
  • Nietos.
  • Cuñados. 

En la siguiente tabla puedes ver más claramente los días por fallecimiento familiar que te corresponden según el parentesco y lugar de fallecimiento:

Familiar fallecido Grado de parentesco Días sin desplazamiento Días con desplazamiento
>Padre / Madre 2 días 4 días
Hijo / Hija 2 días 4 días
Cónyugue / Pareja de hecho (registrada) 2 días 4 días
Suegro / Suegra 1º (Afinidad) 2 días 4 días
Hermano / Hermana 2 días 4 días
Abuelo / Abuela 2 días 4 días
Nieto / Nieta 2 días 4 días
Cuñado / Cuñada 2º (Afinidad) 2 días 4 días

 

Quedan excluidos los tíos y los primos, debido a que pertenecen al tercer y cuarto grado de consanguinidad.

¿Cómo saber cuántos días de permiso me corresponden por convenio?

También debes saber que los días que te corresponden pueden ser diferentes según el convenio al que pertenezca tu empresa, y aunque esto no es lo habitual, sí conviene conocer tu convenio colectivo para saber si existe alguna modificación.

¿Cómo puedo conocer mi convenio colectivo?

La forma más fácil es dirigirte a la página nº2 de tu contrato laboral (modelo SEPE) que es la sección que indica el convenio al que perteneces. Una vez lo conozcas, lo más sencillo es buscar en Google tu convenio colectivo, que por lo general aparecerá en los primeros resultados para leer o descargar en PDF. 

¿Cómo se acredita el fallecimiento de un familiar a la empresa?

Como sucede con todos los permisos retribuidos, debemos informar a la empresa del fallecimiento y además presentar una serie de documentos que lo acrediten, si queremos hacer uso de los días libres por fallecimiento que nos corresponden.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que el certificado de defunción NO es un justificante para la empresa, sino un documento válido para que los registros civiles de la localidad tramiten la defunción. 

En caso de fallecimiento de un familiar tendremos que solicitar un justificante de fallecimiento, dicho justificante hay que solicitarlo a la funeraria que ha realizado el servicio de fallecimiento. Expedir este documento es uno de los servicios funerarios que ofrecemos en Borea, a los que tienes acceso con cualquier grupo de instituciones funerarias, como puede ser por ejemplo Grupo Albia

¿Qué datos incluye un justificante de fallecimiento? 

  • Nombre del difunto.
  • Fecha de la muerte. 
  • Datos de la despedida: Si será velación, cremación, inhumación y si habrá traslado a otra localidad. 
  • Datos del solicitante (tus datos): para acreditar a la empresa la solicitud de dichos días.

Casos especiales en el permiso por fallecimiento

Si bien hemos visto que los días libres por fallecimiento familiar dependen sobre todo del Estatuto de los Trabajadores, existen algunos casos excepcionales donde los días por fallecimiento pueden variar, además de que algunas empresas ofrecen mejores condiciones debido a la empatía y razones humanitarias. 

Veamos algunos casos especiales: 

Fallecimiento en otro país

Cuando la defunción ocurre en el extranjero, algunas empresas permiten más días por fallecimiento familiar para trámites y desplazamiento.

Solapamiento con otros permisos

Si el fallecimiento ocurre mientras el trabajador disfruta de un permiso por hospitalización, algunos convenios permiten extender el permiso sin perder días. En caso de estar de vacaciones, el permiso por fallecimiento también puede interrumpirlas, permitiendo retomarlas después.

Flexibilidad según la empresa

Algunas compañías ofrecen permisos adicionales, lo más recomendable es hablar con Recursos Humanos para conocer opciones de apoyo, este departamento también puede ayudarte con los documentos que debes aportar a la empresa, y, en casos muy concretos, puede mediar entre el trabajador y la compañía.

¿Se pueden ampliar los días por fallecimiento si el duelo afecta psicológicamente?

Aunque la ley establece un número limitado de días de permiso por fallecimiento, algunas empresas pueden ofrecer flexibilidad en casos donde el impacto emocional es significativo. 

Si sientes que el tiempo concedido no es suficiente para afrontar la pérdida, es recomendable hablar con Recursos Humanos y explicar tu situación con sinceridad. Algunas compañías permiten solicitar días adicionales por duelo complicado, ya sea a través de permisos no retribuidos, días de vacaciones o incluso adaptaciones en la jornada laboral. 

Además, si el duelo afecta gravemente tu bienestar psicológico, podrías consultar con un médico para valorar la posibilidad de una baja médica por motivos emocionales, lo que te permitiría disponer de más tiempo para recuperarte. No dudes en buscar apoyo profesional si lo necesitas, ya que cuidar tu salud mental es tan importante como cualquier otro aspecto de tu vida.

En Borea somos una empresa de servicios funerarios integrales, nos encargamos de todas las gestiones a realizar cuando fallece un familiar y también de la ceremonia de despedida, además, ofrecemos un año de asistencia psicológica totalmente gratuita y otro de asistencia jurídica con la contratación de nuestros servicios, que pueden ayudarte a gestionar este y otros aspectos legales y emocionales que acompañan a la pérdida. Estamos aquí para ayudarte.

Comentarios
No hay comentarios
Nuevo comentario
BOREA

Preguntas frecuentes Borea servicios funerarios

¿Qué hago si mi familiar ha fallecido en una ciudad distinta a la de la despedida?

Nosotros nos podemos encargar del traslado. Te damos la opción de incluirlo en el proceso de solicitud de presupuesto.

¿En qué consiste el asesoramiento jurídico de Borea?

Durante un año, tienes a tu disposición un número de teléfono donde podrás llamar las veces necesarias para que te asesoremos en todos los trámites legales que conlleva el fallecimiento de una persona (declaración de la renta, baja en la Seguridad Social, desbloqueo cuentas bancarias, pensión de viudedad, etc).

¿Si no tengo nicho ni sepultura, qué hago?

Podemos facilitarte la opción de alquiler o compra en función de la localidad de destino. Nuestro asesor te informará de todas las opciones cuando te llame para confirmar tu presupuesto solicitado previamente.

¿Qué datos necesito para obtener un presupuesto con Borea?

Para poder darte un presupuesto, necesitamos que nos aportes los siguientes datos: email para poder enviarte la información detallada del presupuesto y número de teléfono para que uno de nuestros asesores contacte contigo para confirmar tu selección, tus preferencias y resolver tus dudas.